jueves, 4 de febrero de 2010

Interruptor de Control de Potencia (ICP)


Este interruptor no nos pertenece a nosotros sino a la compañía que tenemos contratada, por lo tanto, dicho interruptor, se encuntra a la entrada del edificio. Lo que evita es que consumamos más potencia de la que tenemos contratada con la empresa. Así que si en algún mometo superamos dicha potencia, el ICP salta automáticamente. Un detalle es que viene protegido con una tachuela, de manera que no podamos actuar sobre el ICP y de esa manera engañar a la compañía, y en el momento que lo hagamos se sabrá porque se romperá la protección del interruptor.

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